Hoy, 12 de julio de 2021, vence el plazo improrrogable para que el estado de Guatemala, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y las presuntas víctimas presenten por escrito sus alegatos y observaciones finales en el Caso Pueblos Indígenas Maya Kaqchikel de Sumpango y otros Vs. Guatemala, conocido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). Por vez primera, este caso brinda la oportunidad a la Corte para desarrollar estándares sobre las medidas que deberían adoptarse para regular y garantizar el acceso de pueblos indígenas al espectro radioeléctrico en particular, medidas afirmativas para que estos pueblos puedan acceder a una licencia, sin discriminación y en condiciones de igualdad. Además, para ampliar su jurisprudencia respecto de la convencionalidad de allanamientos, detenciones e inicio de acciones penales en situaciones como las del presente caso y desarrollar su jurisprudencia sobre el contenido de los derechos culturales de los pueblos indígenas, bajo la premisa de que las radios comunitarias son herramientas imprescindibles para la preservación, mantenimiento y promoción de la cultura, lengua, música y tradiciones de dichos pueblos. A partir de que las partes presenten sus alegatos y observaciones finales, se espera que la Corte IDM emita su sentencia histórica antes de que finalice 2021.
Este caso fue elevado a la Corte IDH el 3 de mayo de 2020, ya que el estado guatemalteco no manifestó voluntad ni avances en el cumplimiento de las recomendaciones en el informe que le fue remitido por la CIDH el 30 de enero de ese año. A partir de sentencia de la Corte IDH, se espera que las víctimas obtengan justicia y reparación integral. En la audiencia desarrollada los pasados 9 y 30 de junio sobre la excepción preliminar y eventuales fondos, reparaciones y costas, en el marco del 142 periodo de sesiones del tribunal, la Comisionada titular de la CDH Esmeralda Arosemena expuso las puntas medulares del informe elaborado por la Comisión, el cual reconoce el derecho de los pueblos indígenas a fundar y operar medios de comunicación comunitarios y resaltó la importancia de estos medios para todas las comunidades, por constituir, en muchas ocasiones, la única forma de las comunidades de mantenerse informadas y participar en las debates públicos.
En su informe, la CIDH también destacó que los pueblos indígenas de Guatemala están en una situación estructural de exclusión social, discriminación y pobreza, lo cual se manifiesta en su escasa representación y participación en los medios de comunicación como miembros activos de la sociedad”. Consideró que el Estado no adoptó medidas para revertir dicha realidad y remover las barreras sino que, por el contrario, mantuvo vigente normativa legal que genera una situación de desigualdad de facto y de discriminación indirecta de las víctimas. Además, recalcó que la utilización de figuras penales para sancionar el uso del espectro radioeléctrico, así como los allanamientos y las decomisos de bienes de las radios comunitarias, constituyen restricciones innecesarias y desproporcionadas de los derechos
de los pueblos indígenas a la libre expresión y a informar.
La Red Rompe el Miedo Guatemala se mantendrá expectante ante las actuaciones en este caso, de importancia no solo para Guatemala sino para la región latinoamericana en general.
Guatemala, 12 de julio de 2021